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¿Informe pericial o informe técnico?

Un informe solo es pericial si su autor lo defiende ante el juez. Qué diferencia hay con un informe técnico y qué preguntar antes de contratar.

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  1. 01El precio, por teléfono y después por escrito
  2. 02Borrador del informe tras la visita
  3. 03Lo firma el técnico que visita

Cómo funciona

  1. Nos cuenta qué pasa

    Tres preguntas, menos de un minuto.

  2. Le llamamos y cerramos el precio

    Después se lo enviamos por escrito.

  3. El perito visita y redacta el dictamen

    Usted lo sigue en línea.

La diferencia está en el juicio

Un informe técnico describe y valora: qué tiene el edificio, cuál es su estado, qué conviene hacer. Un informe pericial hace lo mismo con un compromiso más: quien lo redacta se pone a disposición del juzgado y, si se le cita, explica su trabajo en la sala y contesta a las preguntas de las dos partes. Esa ratificación es la que convierte el documento en una prueba que aguanta un pleito.

Qué cambia Informe pericial Informe técnico
Para qué sirve Probar un hecho en un juicio o una reclamación Conocer el estado de algo y decidir
Quién lo defiende Su autor, ante el juez, si se le cita Nadie: su autor no comparece
Qué pasa si la otra parte lo discute El perito contesta en la vista Queda sin respuesta

«Le hacemos el pericial, pero sin ir a juicio»

Es una frase que se oye a menudo. Si alguien le ofrece el informe pero sin comparecer ante el juez para defenderlo, le está vendiendo otra cosa: un informe técnico, no el informe pericial que usted ha pedido. Puede que le salga más barato, pero en el pleito se quedará sin quien lo explique justo cuando más falta hace.

Qué preguntar antes de contratar

  1. ¿El autor es un perito colegiado con seguro de responsabilidad civil?
  2. ¿Comparecerá ante el juez a defender el informe si se le cita, y está incluido o va aparte?
  3. ¿El informe lleva el juramento o promesa de objetividad del art. 335 LEC?

Si las tres respuestas son sí, tiene delante un dictamen pericial. Lea más sobre qué es un informe pericial y cuándo vale como prueba o sobre el papel del perito judicial en el proceso.

¿Le han ofrecido un informe y no sabe qué es?

Cuéntenoslo y le decimos qué le están ofreciendo: Que me llamen

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Puede hacerlo aquí mismo, con tres preguntas, o, si lo prefiere, le llamamos.

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un informe pericial y un informe técnico?

Los dos los hace un técnico, pero solo el pericial está pensado como prueba: su autor responde de él y comparece ante el juez para defenderlo si se le cita. El técnico sirve para conocer el estado de algo y decidir, no para sostener una reclamación.

Me ofrecen el pericial «sin ir a juicio», ¿qué hago?

Pregunte por escrito si el autor comparecerá a defenderlo si el juzgado lo cita. Si la respuesta es que no, le están ofreciendo un informe técnico, no el informe pericial que usted ha pedido.

¿Un informe técnico no sirve para nada en un juicio?

Puede aportarse, pero si nadie lo defiende, la otra parte lo cuestionará sin que haya quien conteste. Para eso existe el dictamen pericial y su ratificación.

¿Qué es la ratificación?

Es el momento del juicio en el que el perito confirma su dictamen, lo explica y contesta a las preguntas del juez y de los abogados (art. 347 LEC).

¿Cuándo me basta con un informe técnico?

Cuando solo quiere saber qué le pasa al edificio para decidir una obra o una compra y no piensa reclamar a nadie.

Cuéntenos su caso: le llamamos y elegimos día de visita.